Dijo que en dicha modificación a la ley se señala que uno de los derechos del autogobierno comunal es el reconocimiento de la faena como contribución comunal a las comunidades.
09:19 AM 07/12/2024
Morelia, Michoacán, 7 de diciembre de 2024.- Como parte de la elevación a rango constitucional, las faenas que realizan las comunidades indígenas cuentan con reconocimiento pleno en la ley y se consideran como contribuciones a la hacienda municipal y estatal, así lo establece la reforma aprobada por el Congreso del Estado, destacó el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla.
Dijo que en dicha modificación a la ley se señala que uno de los derechos del autogobierno comunal es el reconocimiento de la faena como contribución comunal a las comunidades.
Además, se precisa que las faenas y servicios comunales son reconocidas por esta constitución como una institución, un valor y una práctica de fundamental importancia para la vida de las comunidades indígenas y para la demodiversidad de Michoacán.
De igual manera, Ramírez Bedolla expuso que la reforma puntualiza que las faenas derivadas de acuerdos de asambleas y en favor del beneficio general de las comunidades serán consideradas como contribuciones a la hacienda municipal y estatal, sin que la práctica de éstas excluya o sustituya de algún modo la responsabilidad de los gobiernos estatal y municipal de asignar las partidas necesarias para garantizar el desarrollo de los pueblos indígenas.
Apuntó que en dicho orden jurídico también se encuentra de manifiesto que los servicios prestados al Gobierno Comunal serán considerados como parte del trabajo y servicio comunal que brindan sus habitantes a sus poblaciones.
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