SCJN declara constitucional la consulta para enjuiciar expresidentes
16:51:29 / 01/10/2020
Autor: Redacción
Con 6 votos a favor y 5 en contra, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon que la consulta popular que quiere llevar a cabo el presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a los expresidentes es constitucional.
Esto quiere decir que 6 ministros votaron en contra del proyecto presentado, que argumentaba que la consulta es inconstitucional.
Los ministros del Pleno votaron de la siguiente manera:
Arturo Zaldívar en contra del proyecto, a favor de la consulta
Luis María Aguilar (propone el proyecto) a favor del proyecto, en contra de la consulta
Alfredo Gutiérrez en contra del proyecto solo si se modifica la pregunta, a favor de la consulta
Margarita Ríos Farjad en contra del proyecto, a favor de la consulta
Jazmín Esquivel en contra del proyecto, a favor de la consulta
Alberto Pérez Dayan en contra del proyecto, a favor de la consulta
Juan Luis González Alcántara en contra del proyecto si se modifica la pregunta, a favor de la consulta
Jorge Mario Pardo a favor del proyecto, en contra de la consulta
Javier Laynez a favor del proyecto, en contra de la consulta
José Fernando Franco a favor del proyecto, en contra de la consulta
Norma Lucía Piña a favor del proyecto, en contra de la consulta
Eso luego de que se rechazara por mayoría el proyecto del ministro Luis María Aguilar, quien consideraba que el objeto de la consulta es inconstitucional.
El proyecto discutido afirma que los derechos humanos no son negociables y no importa “si se trata de una mayoría o una minoría”.
Además, expresó una dura frase sobre los procesos penales en México que tiraría la propuesta de una consulta para enjuiciar a los expresidentes. “A la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos”, señala el ministro Luis María Aguilar.
Pero no es todo, el proyecto también afirma que la propuesta de consulta enviada por el presidente López Obrador es un “concierto de inconstitucionalidades” y que es una violación a la presunción de inocencia, de los derechos humanos y de las vías legales para la procuración de justicia.
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