Garantizar el pago de los daños a víctimas de robos, el objetivo de mi Iniciativa de Ley, aseguró B

La propuesta legislativa está ante el Congreso del Estado desde 2010; es una réplica del 113 Constitucional y del 1049 de Tamaulipas.
05:54 PM 20/10/2011


Morelia, Mich. 20 de octubre de 2011.- La falta de información estadística sobre los robos a casa-habitación, así como los resultados que por negligencia u omisión de las autoridades locales dejan en el desamparo a la ciudadanía, obligan a implementar estrategias administrativas que garanticen el respeto a su patrimonio y la contribución del Gobierno Municipal a resarcir el daño en caso de que no pueda impedirlo, como se estipula en el artículo 113 Constitucional aseguró Juan Carlos Barragán.

El candidato del PRD y PT en el Distrito 16, reafirmó hoy que con la Iniciativa de Ley de Responsabilidad Patrimonial enviada al Congreso del Estado en 2010, cuando se desempeñaba como regidor del ayuntamiento de Morelia, se garantiza la reposición de los enseres perdidos por un individuo o una familia cuando sufre robo en su domicilio.

“La reposición del daño en casa-habitación por robo lo contemplamos en el artículo 115 de la Iniciativa de Ley que tenemos ante el Congreso del Estado. Lo tomamos del segundo párrafo del artículo 113 de la Constitución Política donde se establece los casos de responsabilidad a los niveles de gobierno, tanto federal, estatal y municipal”, indicó Juan Carlos Barragán.

Ese apartado del artículo 113 Constitucional establece que “la responsabilidad del estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, limites y procedimientos que establezcan las leyes…”.

“Lo que establece esa ley es un derecho de todos los ciudadanos ante la incapacidad de las autoridades para velar por sus intereses, el problema es que no existe manera de aplicarla en Michoacán porque no tiene una adecuación. Lo que nosotros propusimos con nuestra Iniciativa de Ley es precisamente eso: adecuar y extender el 113 Constitucional con una ley estatal específica para Michoacán y estamos a la espera de la aprobación”, indicó Barragán Vélez.

Un ejemplo más sobre la viabilidad de implementar esta estrategia, añadió el candidato a legislador, se dio en el Código Civil del Estado de Tamaulipas, que en su artículo 1409 establece que “el Estado y los Municipios tienen obligación de responder de los daños y perjuicios causados por sus obreros, empleados o servidores públicos en el ejercicio de las actividades o labores que les estén encomendadas”.

Juan Carlos Barragán externó: “en ese artículo se especifica que los empleados y servidores públicos tienen responsabilidades para con la ciudadanía, y que si no cumplen ‘tienen obligación de responder de los daños y perjuicios causados’ ¿por qué no hacerlo también en Michoacán?”, cuestionó el abanderado por el suroeste de Morelia.


El Diario Visión
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